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TRABAJAR

SEGURIDAD SOCIAL

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La Seguridad Social se financia con contribuciones de trabajadores, empleadores y del Estado, y los inmigrantes tienen los mismos derechos que los uruguayos.

El ejercicio de una actividad remunerada implica la inscripción obligatoria en el Banco de la Seguridad Social (BPS), tanto por parte de los trabajadores dependientes y los empleadores como de los trabajadores independientes, quienes también deben registrarse y contribuir.

 

La seguridad social ofrece diferentes beneficios de acuerdo a las necesidades y circunstancias: maternidad, paternidad, desempleo, discapacidad, accidentes industriales y riesgos de muerte:

  • en efectivo: subsidio por desempleo, subsidio por maternidad, subsidio familiar, jubilación, pensión de vejez;

  • en especies: lentes, prótesis, órtesis; y 

  • en servicios: afiliación mutual, atención materna e infantil.

 

El sistema está compuesto actualmente por varias agencias públicas. Las principales son el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la Administración de la Seguridad Social y las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional (AFAP). 

El Banco de Previsión Social (BPS) es responsable de recolectar prácticamente todas las contribuciones hechas por empresas y empleados, y de mantener actualizado el registro de trabajo de cada miembro. Específicamente, el BPS es un organismo autónomo cuya tarea básica es coordinar los servicios de bienestar social y organizar la seguridad social.

 

El registro en dicha entidad es obligatorio, con la excepción de los trabajadores extranjeros que ocupan puestos en Zonas Francas. Además, algunos trabajadores extranjeros pueden renunciar a su inclusión en el sistema de seguridad social, bajo la protección de los tratados internacionales suscritos por Uruguay.

 

Al año 2023, Uruguay tiene convenios vigentes con: Alemania, Argentina, Austria, Bélgica, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, España, Estados Unidos,  Francia, Grecia, Holanda - Países Bajos, Israel, Italia, Luxemburgo, Paraguay, Perú,  Portugal, Quebec, República Dominicana, Rumania, Rusia, Suiza y Venezuela. Más información aquí. 

¿Qué obligaciones tengo como empleado?

 

El trabajador debe cumplir con ciertas obligaciones necesarias para garantizar su acceso, y el de su familia, a los beneficios que les corresponden. Tiene la obligación de contribuir con un porcentaje de su salario mensualmente que debe ser retenido por su empleador al momento del pago y éste debe pagarlo al BPS. Los porcentajes de contribución personal, retenidos de su salario son:

  • Contribución de jubilación: 15%

  • Seguro Nacional de Salud: 3% y en caso de que su cónyuge o cónyuge no tenga cobertura de salud ascenderá al 5%, otorgándole cobertura a este también.

  • Adicional del Sistema Nacional Integrado de Salud en aquellos casos que la retribución supere las 2.5 Bases de Beneficios y Contribuciones (BPC).

  • Fondo de Reconversión Laboral: 0.125%

 

Otras obligaciones

  • Verificar el recibo de sueldo.

  • Afiliarse a una institución de salud autorizada por el Sistema Nacional Integrado de Salud dentro de los 30 días después de comenzar a trabajar. Si no lo hace, estará automáticamente afiliado a la Administración de los Servicios de Salud del Estado  (ASSE) y su proveedor de atención médica será en los hospitales públicos. Ver sistema de salud aquí. 

¿Qué obligaciones tengo como trabajador / empleador independiente?

 

Es importante que sepa que si realiza una actividad de forma independiente, tiene la obligación de registrarse en tres organizaciones antes de comenzar la actividad:

Otras obligaciones

 

  • Informe a BPS de los ingresos, gastos y cualquier otro cambio en la actividad de los trabajadores que contrate, dentro de los plazos establecidos.

  • Declarar la nómina con la información de la actividad laboral de los trabajadores, a partir de la cual se calculan las cotizaciones y se emite la factura de pago.

  • Haga contribuciones de acuerdo con la fecha que le corresponda de acuerdo con el cronograma establecido por BPS. La contribución es obligatoria en todos los casos, ya sea que tenga empleados o no.

  • Haga contribuciones para usted como el dueño de la actividad.

  • Calcule, retenga y pague en tiempo y forma a BPS las contribuciones personales retenidas sobre el salario de los trabajadores y las contribuciones del empleador que tiene que hacer sobre el salario nominal de cada trabajador


Administradora de Fondos de Ahorro Previsional (AFAP)

Las AFAP son sociedades anónimas que administran parte de la contribución de los trabajadores contribuyentes a BPS, contribuciones destinadas a cubrir los riesgos de discapacidad, vejez y supervivencia. Estas empresas operan dentro del mercado, bajo un régimen de libre competencia, controlado por el Banco Central de Uruguay y bajo las regulaciones de la Ley 16.713.

 

Los AFAP disponibles presentes en Uruguay, que se pueden elegir son: 

Cuando recibe ingresos superiores a los montos establecidos en la ley, parte de sus contribuciones son administradas por BPS y otra parte se descarga a una AFAP.

 

La AFAP administra el porcentaje de contribuciones en el modo de ahorro individual y proporciona beneficios por discapacidad, vejez y supervivencia, según corresponda.

Más información aquí:

Regrese a la página web principal de la sección TRABAJO

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LEGISLACIÓN LABORAL

Conocé los derechos de empleados y empleadores.

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Más información sobre los ingresos personales y el sistema fiscal.

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