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VIVIR

TRÁMITES DE INGRESO

¿Necesitás visa para ingresar a Uruguay?

Verificá si tu país de origen requiere visa aquí:

Tarda 20 días laborables, aproximadamente.

Costo 42 USD

Aplicar en el consulado o embajada, consulte aquí.

SI NECESITÁS VISA

Aplicar en el consulado o embajada más cercana, consultar aquí.

Se obtiene en 20 días laborables, aproximadamente.

Costo 557,30 UI

Más información aquí .

SI NO NECESITÁS VISA

Podés tramitar la residencia,

consultá la información

aquí.

VISAS
RESIDENCIAS
HOJA DE IDENTIDAD PROVISORIA
RESIDENCIA TEMPORARIA
Residencia Temporal DEL MERCOSUR
RESIDENCIA LEGAL DEFINITIVA O PERMANENTE 
RESIDENCIA PERMANENTE MERCOSUR
DOCUMENTO ESPECIAL FRONTERIZO
CIUDADANÍA LEGAL

 

TIP: Fast Track de Visas y Residencias

 

Se encuentra disponible un procedimiento para facilitar y acelerar el acceso a las visas (de trabajo, negocios y reunificación familiar) y residencias, para personas que trabajen en empresas extranjeras y/o exportadoras de servicios radicadas en Uruguay.

Este mecanismo fue desarrollado en el marco del Plan de Atracción de Talento, por Uruguay XXI, junto con el Ministerio del Interior y el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Más información aquí | Contacto: fast-track@uruguayxxi.gub.uy  

¿CÓMO SE TRAMITAN LAS VISAS?​

 

Los consulados uruguayos en el extranjero se encargan de recibir las solicitudes de visa e informan sobre los requisitos necesarios para solicitarla.

​La autorización de la visa es competencia de la Dirección Nacional de Migración y generalmente toma al menos 20 días hábiles desde su solicitud. Una vez que el consulado recibe la autorización por escrito, está en condiciones de emitir la visa y estamparla en el pasaporte del titular.

 

​Todos aquellos que soliciten una visa deben proporcionar una persona de contacto en Uruguay o una reserva de hotel, y el teléfono y dirección.

Más información aquí.

 

¿Qué costo tiene? 

Solo si se otorga la visa, USD 42.

 

​¿Dónde se realiza?

Representación Diplomática de Uruguay acreditada en el país donde reside, consultar aquí.

¿Qué documentación debe presentarse?

La actividad a desarrollar en Uruguay durante la estadía, (turismo, negocios, trabajo, reunificación familiar, estudio, congresos, convenciones y seminarios y humanitaria y de urgencia), determinará que documentación será necesaria para tramitar la visa y el tiempo de permanencia:

 

Visa de Turismo

  • Pasaporte en buen estado y vigente (por al menos seis meses después de la llegada a Uruguay).

  • Foto tamaño pasaporte (5 x 5 cm).

  • Formulario completo y firmado.

  • Pasajes/reserva de ida y vuelta.

  • Reserva de hotel u otro comprobante de alojamiento e ingresos.

 

Tiempo de permanencia: 90 días prorrogables por 90 días más, con múltiple entradas.

 

Visa de Negocios

  • Pasaporte en buen estado y vigente (por al menos seis meses después de la llegada a Uruguay).

  • Foto tamaño pasaporte (5 x 5 cm).

  • Formulario completo y firmado.

  • Nota membretada y firmada por autoridad responsable de la empresa/organización en Uruguay que invita.

  • Nota de la empresa membretada y firmada por el representante de la empresa a la cual pertenece, indicando razón social o rubro y cargo del empresario.

  • Reserva de hotel.

  • Pasajes/reserva de ida y vuelta.

 

Tiempo de permanencia: 90 días prorrogables por 90 días más, con múltiple entradas.

 

Visa de Trabajo

  • Pasaporte en buen estado y vigente (por al menos seis meses después de la llegada a Uruguay).

  • Foto tamaño pasaporte (5 x 5 cm).

  • Formulario completo y firmado.

  • Promesa de trabajo extendida por la empresa en Uruguay.

 

Tiempo de permanencia: conforme a la residencia a solicitar (Temporaria o Permanente). Para gestionar residencia contará con 30 días desde la fecha de ingreso.

 

Visa de Reunificación familiar

  • Pasaporte en buen estado y vigente (por al menos seis meses después de la llegada a Uruguay).

  • Foto tamaño pasaporte (5 x 5 cm).

  • Formulario completo y firmado.

  • Documento expedido por la autoridad competente que acredite el vínculo familiar apostillado/legalizado.

  • Si el solicitante es menor de 18 años deberá contar con autorización de sus representantes legales para residir en el país.

 

Tiempo de permanencia: será el mismo que el otorgado en la residencia permanente con quien solicita reunificarse. La reunificación se podrá realizar con un familiar con residencia permanente otorgada o en trámite.
 

Visa para congresos, convenciones y seminarios

  • Pasaporte en buen estado y vigente (por al menos seis meses después de la llegada a Uruguay).

  • Foto tamaño pasaporte (5 x 5 cm).

  • Formulario completo y firmado.

  • Acreditación del carácter de interés público del evento.

  • Carta de invitación de la organización del evento.

  • Pasajes o reserva de ida y vuelta.

 

Tiempo de permanencia: 90 días prorrogables por 90 días más,  y múltiple entradas.

Visa de Estudio:

  • Pasaporte en buen estado y vigente (por al menos seis meses después de la llegada a Uruguay).

  • Foto tamaño pasaporte (5 x 5 cm).

  • Formulario completo y firmado.

  • Nota membretada y firmada por institución educativa de origen o constancia de inscripción en la institución educativa donde cursará sus estudios, usufructuará la beca, y/o desarrollará la pasantía.

  • Medios de vida para su manutención y alojamiento.

  • En caso que el solicitante sea menor deberá demostrar en el consulado la autorización de sus padres.

*Para gestionar residencia contará con 30 días desde la fecha de ingreso.

 

Visa humanitaria y de urgencia:

El solicitante deberá aportar la documentación que acredite debidamente la causal (tales como tratamiento médico, asistencia a una audiencia judicial, fallecimiento o situación de salud de un familiar o amigo u otro) por la que solicita el ingreso al país de acuerdo a este tipo de visa consular.

¿CÓMO SE TRAMITAN LAS RESIDENCIAS?​

SI VENÍS DE:

 

Por más información, ingresar en https://www.gub.uy/tramites/residencia-legal.

 

HOJA DE IDENTIDAD PROVISORIA

 

​La Hoja de Identidad Provisoria permite tener una estadía por un período máximo de 180 días, si el motivo del viaje es estudio, trabajo y/o religioso. 

Todo documento extranjero que se presente debe estar apostillado o legalizado (de acuerdo a la Ley N.° 15.441) y traducido al español por traductor público uruguayo, salvo aquellos emitidos en Brasil.

Una vez que se acredita la actividad que motiva la solicitud, se emite un certificado con el fin de procesar la Hoja de Identidad Provisoria con la Oficina Nacional de Identificación Civil, el cual deberá presentarse en caso de necesitar inscribirse en los organismos pertinentes de la Seguridad Social (Banco de Previsión Social) y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Costo Asociados:

  • Costo del certificado: 55,71 UI.

 

¿Qué documentación se requiere?

  • Documento de identidad con el que ingresa al país el solicitante (original y copia).

  • Acreditar la actividad que da origen a su solicitud y la fecha del cese de la misma, mediante una carta membretada de la Institución o empresa.

  • Certificado notarial que certifique los datos completos de la Institución o empresa.

  • Esquema de vacunación vigente, expedido por una Institución habilitada por el Ministerio de Salud Pública de Uruguay, siendo obligatorias las vacunas antitetánicas y la del sarampión (más detalles de la ubicación de vacunatorios aquí).

¿Dónde se realiza?

  • En línea, creando un usuario en el sitio www.gub.uy, consultar aquí

  • Oficinas de la Dirección Nacional de Migración, consultar aquí.

Una vez culminado el trámite, el solicitante se presenta ante la Dirección Nacional de Identificación Civil para obtener la Hoja de Identidad Provisoria.

PERMISO DE NÓMADE DIGITAL

La residencia está destinada a personas que trabajan por cuenta propia o para empresas en el extranjero. Permite una estadía de hasta seis meses con posibilidad de renovar por otros seis meses más.

Costo asociado:

  • Aproximadamente $312, que deberán ser abonados en las redes de cobranza de Abitab, RedPagos o Correo Uruguayo una vez que estés en el país.

¿Qué documentación se requiere?

  • Documento de identidad con el que ingresa al país el solicitante (original y copia).

  • Formulario en línea con datos personales completos y una declaración jurada en la que afirman que disponen de medios para mantenerse económicamente durante su estadía en el país. Esta última puede ser descargada y firmada directamente desde la página del trámite.

En caso de querer renovar el permiso por otros seis meses más, también tendrás que presentar:

  • Esquema de vacunación vigente, expedido por una Institución habilitada por el Ministerio de Salud Pública de Uruguay, siendo obligatorias las vacunas antitetánicas y la del sarampión (más detalles de la ubicación de vacunatorios aquí).

  • Antecedentes penales: certificado de antecedentes judiciales, penales o policiales a nivel nacional del país de origen y de los países donde haya residido los últimos 5 años (traducido al español en caso que corresponda).

¿Dónde se realiza?

  • En línea, creando un usuario en el sitio www.gub.uy, consultar aquí

Una vez que tengas tu permiso, tendrás que hacer una cita en la Dirección Nacional de Identificación Civil para obtener tu documento uruguayo.

Tu cédula uruguaya será uno de los requisitos para renovar tu permiso de nómade digital así como también para salir del país luego de tus primeros tres meses aquí.

¿Cómo se hace?

  • Por más información sobre el paso a paso del trámite del permiso de nómade digital, consultá aquí.

Por consultas, escribí a dnm-hip@minterior.gub.uy

RESIDENCIA TEMPORARIA

 

En caso de querer permanecer en Uruguay por un período superior a 180 días, pero menor a 2 años (siendo posible renovarse por dos años adicionales), la residencia temporaria será más apropiada.  Si quien la gestiona no habla español, deberá concurrir a la entrevista con intérprete.

Todo documento extranjero que se presente debe estar apostillado o legalizado si el país de origen del solicitante NO integra la Convención de la Haya (de acuerdo a la Ley N.° 15.441). A su vez, deben estar traducidos al español por traductor público uruguayo, salvo aquellos emitidos en Brasil.

Si eres de Argentina, Brasil, Paraguay, Venezuela, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador o Perú, puedes solicitar la Residencia Temporal del Mercosur con la ventaja de no tener que proporcionar documentación probatoria de la actividad que da origen a la solicitud.

 

Costos asociados:

  • Trámite de Residencia 557,30 UI.

  • Certificado migratorio 55,70 UI para la obtención de cédula de identidad una vez concedida la misma.

  • Una vez iniciado el trámite y hasta el momento que se conceda la residencia, deberá abonar un permiso de reingreso cada vez que salga del país siendo su costo 225,60 UI.

 

¿Qué documentación deben presentar los solicitantes provenientes de países fuera del Mercosur?

  • Foto carné.

  • Completar formulario con datos personales.

  • Documento de identidad: fotocopias y original del documento de identidad con el cual ingresó al país o Certificado de matrícula expedido por el Consulado correspondiente en Uruguay.

  • Fecha exacta de ingreso al país.

  • Esquema de vacunación vigente, expedido en Uruguay (más detalles de la ubicación de vacunatorios aquí).

  • Carné de salud vigente: el Carné de Salud Laboral, expedido por los prestadores de servicios de salud públicos o privados habilitados por el Ministerio de Salud Pública.

  • Antecedentes penales: certificado de antecedentes judiciales, penales o policiales a nivel nacional del país de origen y de los países donde haya residido los últimos 5 años (traducido al español en caso que corresponda).

  • Acreditar poseer la actividad  que da origen a su solicitud donde se especifique actividad que desarrolla y el plazo:

    • TRABAJADORES: ​carta membretada donde se especifique actividad que desarrolla y el plazo de contratación por el empleador, indicando remuneración mensual si correspondiere o modo de manutención. En caso de residencia por trabajo, junto a la carta se deberá adjuntar constancia de Alta de BPS (Banco de Previsión Social) o Planilla de trabajo o Recibo de Sueldo o Certificado Notarial o Contable donde se acrediten todos los datos de la empresa.

    • ​ESTUDIANTES: probar dicha calidad mediante certificado oficial de la institución educativa -en el caso de ser un instituto privado irá acompañado de certificación notarial de la existencia del instituto, y su contralor. Además deberá acreditar medios de vida, los cuales deberán ser suficientes para su manutención. En caso de no poseer medios de vida propios: puede aportar medios de vida de un familiar directo, acompañando las partidas necesarias para probar el vínculo.

      • Si los medios de vida provienen del exterior, aportar certificado notarial donde conste el dinero que recibe del exterior, detallando monto, lugar donde percibe el giro y parentesco del que realiza el mismo. Podrá presentarse la documentación mencionada precedentemente original o testimonio notarial por exhibición o fotocopia simple autenticada por Escribano Público; (en estos dos últimos casos no se requerirán los documentos originales). En caso de que presente la documentación en original y una copia, se agregará esta última y certificará su autenticidad el funcionario actuante.

      • Este tipo de residencia se concede hasta por un año, prorrogable por iguales períodos, no excediendo los dos años del total de la carrera.

    • RELIGIOSOS: Religiosos pertenecientes a iglesias, órdenes o congregaciones reconocidas en el país, que vengan a desarrollar actividades propias de su culto, docente o asistenciales. Deberán presentar certificado expedido por la congregación o iglesia a la que pertenece en hoja membretada, donde se establezca las actividades a desarrollar, la duración de su misión y constancia de manutención. A ello se le adjuntará certificación notarial donde se acredite la personería jurídica y demás datos de la iglesia. 

 

En caso de un extranjero menor de 18 años:

  • No se solicitarán antecedentes penales.

  • Se requerirá autorización expresa de los padres para radicarse en Uruguay. En caso que la misma no sea dada en forma presencial, si proviene del extranjero mediante un poder, la misma deberá previamente ser protocolizada por un escribano uruguayo.

​​​

¿Dónde se realiza?

  • Debe solicitarse audiencia a través de la página web www.tramites.gub.uy y luego en Oficinas de la Dirección Nacional de Migración, consultar aquí.

  • También a través de la representación Diplomática de Uruguay acreditada en el país donde reside, consultar aquí.

 

RESIDENCIA TEMPORAL DEL MERCOSUR

 

¿Qué documentación deben presentar los solicitantes provenientes de países del Mercosur y asociados?

  • Foto carné.

  • Documento de identidad: fotocopias y original del documento de identidad con el cual ingresó al país o Certificado de matrícula expedido por el Consulado correspondiente en Uruguay.

  • Fecha exacta de ingreso al país.

  • Esquema de vacunación vigente, expedido en Uruguay (más detalles de la ubicación de vacunatorios aquí).

  • carné de salud vigente: el Carné de Salud Laboral, expedido por los prestadores de servicios de salud públicos o privados, habilitados por el Ministerio de Salud Pública.

  • Antecedentes penales: certificado de antecedentes judiciales, penales o policiales a nivel nacional del país de origen y de los países donde haya residido los últimos 5 años (traducido al español en caso que corresponda).

  • Partida de nacimiento y comprobación de estado civil de la persona cuando así correspondiera (original y copia), y/o Certificado de Nacionalización o Naturalización, si fuera el caso.  

 

En caso de un extranjero menor de 18 años:

  • No se solicitarán antecedentes penales.

  • Se requerirá autorización expresa de los padres para radicarse en Uruguay. En caso que la misma no sea dada en forma presencial, si proviene del extranjero mediante un poder, la misma deberá previamente ser protocolizada por un escribano uruguayo. ​​

 

¿Dónde se realiza?

  • Solicitar audiencia a través de la página web www.tramites.gub.uy y luego concurrir a la entrevista en Oficinas de la Dirección Nacional de Migración, consultar aquí.

  • También a través de la representación Diplomática de Uruguay acreditada en el país donde reside, consultar aquí.

 

RESIDENCIA LEGAL DEFINITIVA O PERMANENTE 

 

Este tipo de residencia permitirá, a los ciudadanos extranjeros, residir en forma permanente en Uruguay. Si quien la gestiona no habla español, deberá concurrir a la entrevista con intérprete.

Todo documento extranjero que se presente debe estar apostillado o legalizado (Ley N.° 15.441) y traducido al español por traductor público uruguayo, con la excepción de los emitidos por Brasil.

Si el interesado es nacional de países miembros y asociados al MERCOSUR o tiene vínculos con uruguayos (padres, hermanos, cónyuges y concubinos reconocidos judicialmente), podrá tramitarla ante el Ministerio de Relaciones Exteriores (Ley N.° 19.254).

Costos asociados:

  • Trámite de Residencia 557,30 UI.

  • Certificado migratorio 55,70 UI para la obtención de cédula de identidad una vez concedida la misma.

  • Una vez iniciado el trámite y hasta el momento que se conceda la residencia deberá abonar un permiso de reingreso cada vez que salga del país, siendo su costo 225,60 UI.

 

¿Qué documentación deben presentarse?

  • Foto carné.

  • Documento de identidad: fotocopias y original del documento de identidad con el cual ingresó al país o Certificado de matrícula expedido por el Consulado correspondiente en Uruguay.

  • Fecha exacta de ingreso al país.

  • Esquema de vacunación vigente, expedido en Uruguay (más detalles de la ubicación de vacunatorios aquí);

  • Carné de salud vigente: el Carné de Salud Laboral, expedido por los prestadores de servicios de salud públicos o privados, habilitados por el Ministerio de Salud Pública.

  • Antecedentes penales: certificado de antecedentes judiciales, penales o policiales a nivel nacional del país de origen y de los países donde haya residido los últimos 5 años (traducido al español en caso que corresponda).

  • Partida de nacimiento y/o comprobación de estado civil de la persona cuando así correspondiera, y/o Certificado de Nacionalización o Naturalización, si fuera el caso (presentar copia y original). 

  • Demostrar los medios de vida, a través de documentación que corresponda según la actividad (empleado de persona jurídica, empleado de persona física, trabajador independiente, empresario o accionista, rentista, jubilado y pensionista en el exterior o jubilado en Uruguay). 

 

En caso de un extranjero menor de 18 años:

  • No se solicitarán antecedentes penales.

  • se requerirá autorización expresa de los padres para radicarse en Uruguay. En caso que la misma no sea dada en forma presencial, si proviene del extranjero mediante un poder, la misma deberá previamente ser protocolizada por un escribano uruguayo.

  • A partir de los 4 años, probar calidad de estudiante, mediante la presentación del certificado de estudio correspondiente de la Institución educativa.

 

¿Dónde se realiza?

  • Solicitar audiencia a través de la página web www.tramites.gub.uy y luego en Oficinas de la Dirección Nacional de Migración, consultar aquí.

  • También a través de la representación Diplomática de Uruguay acreditada en el país donde reside, consultar aquí.

 

RESIDENCIA PERMANENTE MERCOSUR

 

Es el proceso administrativo que se realiza ante el Ministerio de Relaciones Exteriores un extranjero nacional de países miembros del Mercosur y asociados, o un extranjero familiar de uruguayos que residirá de forma permanente en Uruguay para regularizar su estadía y obtener la cédula de identidad uruguaya al amparo de la Ley N.° 19.254.

¿Quiénes pueden solicitar la residencia permanente?

  • Los extranjeros familiares de uruguayos: cónyuges, concubinos con sentencia judicial uruguaya que así lo establezca, hermanos/as y padres/madres de uruguayos.

  • Los extranjeros nacionales del Mercosur Estados Partes y Asociados: Argentina, Brasil, Paraguay, Venezuela, Chile, Bolivia, Perú, Colombia, Ecuador; Guyana y Surinam.

 

Costo:

  • No tiene costos asociados.

 

¿Dónde se realiza?

Se puede tramitar desde la oficina de Residencias en Ministerio de Relaciones Exteriores en Uruguay o desde los Consulados uruguayos en el exterior.

 

¿Qué documentación deben presentarse?

Requisitos, desde Uruguay:

1. Documento de identidad vigente y en buen estado (DNI, cédula, pasaporte).

2. Certificado de antecedentes penales vigente del país o países de residencia mayor a 6 meses durante los últimos 5 años.

3. Certificado de vacunas uruguayo.

 

Para Solicitante familiar de Uruguayos:

1. Documento de identidad vigente y en buen estado (DNI, cédula, pasaporte).

2. Acreditar mediante partidas vigentes el vínculo con la persona uruguaya. (En caso de concubino, testimonio de sentencia judicial uruguaya que declare el concubinato).

3. Cédula o pasaporte vigente y en buen estado de la persona uruguaya.

4. Certificado de vacunas uruguayo.

 

Requisitos, desde el exterior:

Mismos requisitos de tramitarlo en Uruguay más una “Constancia de domicilio en el país donde iniciará el trámite”, tanto para el caso del solicitante como del solicitante familiar de uruguayos.

DOCUMENTO ESPECIAL FRONTERIZO

 

Esta residencia permite residir, estudiar y/o trabajar en Uruguay, exclusivamente dentro de los límites territoriales de las localidades fronterizas vinculadas al Acuerdo firmado por ambos gobiernos, si eres nacional de alguna de las localidades fronterizas en Brasil como: Chuí, Santa Vitória do Palmar/balneario do Hermenegildo, Barra do Chuó, Jaguarao, Aceguá, Santana do Livramento, Quaraí y Barra do Quaraí.

El Documento Fronterizo tiene una vigencia de 5 años, la cual puede prorrogarse antes de su vencimiento.

Costos asociados:

  • Trámite de Residencia 557,30 UI.

  • Certificado migratorio para la obtención de cédula de identidad 55,70 UI.

 

¿Qué documentación debe presentarse?

  • Documento de identidad válido admitido por ambas partes;

  • comprobante de Residencia (constancia de domicilio) en alguna de las localidades de referencia en el Acuerdo;

  • dos fotos carné recientes, en color, tamaño 3 x 4;

  • antecedentes penales: certificado de antecedentes judiciales, penales o policiales a nivel nacional del país de origen y de los países donde haya residido los últimos 5 años (traducido al español en caso que corresponda).

En caso de un extranjero menor de 18 años:

  • No se solicitarán antecedentes penales;

  • autorización expresa de los padres para radicarse en Uruguay. En caso que la misma no sea dada en forma presencial, si proviene del extranjero mediante un poder, la misma deberá previamente ser protocolizada por un escribano uruguayo.

 

¿Dónde se realiza?

  • El trámite se realiza en forma presencial en las Inspectorías de Migración en Chuy, Rivera, Río Branco, Aceguá, Bella Unión y Artigas, consultar detalles aquí.

CIUDADANÍA LEGAL

 

La Carta de Ciudadanía es el documento que acredita que una persona adquiere la nacionalidad de otro país, por motivos como la residencia prolongada de manera legal, el matrimonio o la descendencia, entre otros.

Es vitalicia, es decir que una vez aprobado es efectivo por un período indefinido, sin embargo puede renunciarse la misma o se puede perder, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.

Costos

  • Es gratuito, pero la obtención de algunos de los documentos requeridos puede tener un costo.

¿Quiénes pueden tramitarla?​

  • Los hombres y mujeres extranjeros de buena conducta, con familia constituida en la República, que poseyendo algún capital en giro o propiedad en el país o profesando alguna ciencia, arte o industria, tengan tres años de residencia habitual en la República.

  • Los hombres y mujeres extranjeros de buena conducta, sin familia constituida en la República, que tengan alguna de las cualidades del inciso anterior y cinco años de residencia habitual en la República.

  • Los hombres y mujeres extranjeros que obtienen gracia especial de la Asamblea General por servicios notables o méritos relevantes.

  • En todos los casos se debe tener 18 años de edad cumplidos.

Las personas extranjeras que tengan un idioma distinto al español deberán comprender y expresarse en idioma español, de no ser así no se dará curso al trámite.

¿Qué documentación debe presentarse?

  • Comprobar la nacionalidad, mediante documentación expedida por el Registro de Estado Civil, por haber nacido en Uruguay o por haber sido registrado en el “Libro de Extranjeros” si fuera de nuestro país, o documento del país de origen apostillado, o visado según corresponda:  

    • partida de Nacimiento, Matrimonio o Nacimiento de un hijo o de una hija;

    • u otro documento del país de origen, como pasaporte o documento de identidad, en el que conste la nacionalidad de la persona solicitante.

​​

  • Acreditar ingreso al país, mediante una de las opciones:

    • certificado de Residencia y Certificado de Movimientos Migratorios expedido por la Dirección Nacional de Migración (se solicitan por internet aquí); 

    • o certificado de Residencia expedido por el Sector de Residencias del Ministerio de Relaciones Exteriores, otorgado por el Centro de Atención Ciudadana - MRREE.

​​

  • Comprobar residencia "habitual", es decir que las ​salidas del país no pueden superar los 6 meses seguidos.

​​

  • Medios de vida o arraigo, según corresponda:

    • ​Certificados “Consulta de Actividades por Persona” e “Historia Laboral” expedidos por el Banco de Previsión Social.

    • Certificado de Jubilación o Pensión expedido por el Banco de Previsión Social.

    • Constancia de que posee una “Empresa Unipersonal” expedido por el Banco de Previsión Social.

    • Certificado expedido por la Caja de Profesionales Universitarios, por la Caja Notarial o por la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias. En estos casos, por ser instituciones privadas, estos documentos deberán estar verificados en firma y en contenido por Escribano Público.

    • Certificado expedido por la Caja Militar o por la Caja Policial, según corresponda.

    • Título de Propiedad de una vivienda. Solo sirve como prueba de “medios de vida” si se percibe algún ingreso por concepto de alquiler de la misma.

    • Matrimonio o Unión concubinaria, estando a su cargo su manutención.

​​

  • Presentar testigos, mayores de 25 años de edad y conocer a la persona con el tiempo suficiente (3 años si es con familia constituida o 5 años si no posee familia en Uruguay). No pueden ser de la persona gestionante: familiares; empleados o empleadores; militares; policías en actividad o funcionarios electorales.

​​

  • Motivo de su estadía en el país, en caso que corresponda:

    • Estudiantes, según corresponda:

      • ​Certificado de estudios y escolaridad de Enseñanza Secundaria o de Enseñanza Terciaria. Si los Institutos de Enseñanza son privados los documentos a presentarse deberán ser verificados en firma y en contenido por Escribano Público.

      • Probar “medio de vida” (ingresos) de uno de los padres lo cual será acompañado de una nota de manutención la que se realizará en la Oficina.

    • Certificaciones médicas:​

      • Historia Clínica de la que surja las veces que concurrió para su atención de acuerdo al lapso que sea necesario demostrar, no pudiendo mediar entre una fecha y la otra un lapso mayor a seis meses.​

    • Personas que ejerzan como religiosas:

      • ​Certificado de la congregación religiosa a la que pertenecen en el que conste que cumple funciones en la misma, en forma regular e ininterrumpida, la fecha desde que cumple esa función y que la manutención está a cargo de la congregación. 

    • Deportistas

      • Certificado del Club al que pertenece, firmado por la autoridad responsable del mismo, estableciéndose en el mismo las fechas de la actividad deportiva.

      • Certificado de la Federación en el que figure actividad de la persona gestionante.

 

La documentación expedida por instituciones privadas debe ser verificada en firma y en contenido por Escribano Público.

  • EN FIRMA: Deberá certificar que la firma que contiene el documento presentado es auténtica, establecida en su presencia por persona autorizada a tal efecto.

  • EN CONTENIDO: Debe establecer que tuvo a la vista los archivos, ficheros o registros que lleva la institución y que los datos consignados en el documento presentado surgen de los mismos.

Todo documento extranjero que se presente debe estar apostillado o legalizado (de acuerdo a la Ley N.° 15.441) y traducido al español por traductor público uruguayo, salvo aquellos emitidos en Brasil.

 

¿Dónde se realiza?​

  • En Montevideo, debe agendarse aquí  y luego ir presencialmente a la Sección de Ciudadanía Legal de la Corte Electoral. 

  • En el interior del país, deberá iniciarse el trámite en las Oficinas Electorales Departamentales y en el departamento de Canelones, además, en las Oficinas Inscriptoras Delegadas Permanentes de Pando, Las Piedras y Ciudad de la Costa.

Más información aquí

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